Ya entregué mi declaración anual: ¿qué sigue como anfitrión Airbnb el resto de 2026?
Pasó el 30 de abril. Ahora viene el ciclo fiscal mensual y las decisiones que vienen antes del Mundial 2026 y del cierre del año. Plan trimestral, qué hacer si vas a superar $300K, cómo cambiar de régimen y qué cambia con la entrega de datos al SAT desde abril.
Sofía · Guía financiera de MejorEstadía
Publicado el 29 de abril de 2026
Entregaste la declaración anual el 30 de abril. Lo difícil ya pasó. Pero ahora viene la parte que la mayoría de anfitriones descuida — el ciclo fiscal mensual, la proyección de mitad de año, y las decisiones que vas a tomar antes del Mundial 2026 y del cierre fiscal en diciembre. Esto es lo que sigue.
Lo que vas a aprender:
- Qué declaraciones siguen este año según tu régimen
- Cómo cambiar de régimen si el actual ya no te conviene
- Qué hacer si vas a superar $300,000 MXN a mitad de año
- Qué detecta el SAT con la entrega obligatoria de datos desde abril
- Plan trimestral: mayo a diciembre 2026
1. Lo que sigue depende de tu régimen
El régimen que elegiste para tus ingresos por plataformas digitales define qué declaraciones presentas el resto del año. Hay dos caminos bajo el régimen de plataformas tecnológicas (Art. 113-A LISR):
Si estás en pago definitivo
- Cero declaraciones mensuales por ingresos de plataforma — las retenciones de Airbnb / Booking / Vrbo (4% ISR + 8% IVA con tu RFC activo) son el pago final.
- Cero declaración anual por estos ingresos — la que entregaste el 30 de abril era por ejercicios anteriores o por otros tipos de ingresos (sueldos, intereses), no por la plataforma bajo pago definitivo.
- CFDI (Comprobante Fiscal Digital por Internet, la factura electrónica del SAT) por cada operación, o un CFDI global al cierre del mes si tus huéspedes no lo piden (CFF + RMF vigente). No cambia.
- Si tienes cobro directo (huéspedes que te pagan sin pasar por plataforma), declaración mensual el 17 — paga 4% ISR + 8% IVA sobre ese ingreso (no sobre el de plataforma, ese ya está liquidado).
- RFC activo en tu constancia de situación fiscal con la actividad de plataforma + hospedaje.
Si estás en pagos provisionales
- Declaración mensual el 17 de cada mes — ISR provisional sobre ingresos del mes menos deducciones, acreditando las retenciones de plataforma (Art. 113-A LISR).
- IVA mensual definitivo también el 17 — 16% sobre todos tus ingresos (plataforma + cobro directo) menos IVA acreditable de tus gastos deducibles, acreditando IVA retenido por plataforma.
- DIOT mensual (Declaración Informativa de Operaciones con Terceros) — operaciones con proveedores de bienes y servicios.
- Declaración anual en abril 2027 — ISR sobre utilidad fiscal anual con la tarifa progresiva (1.92%-35%, Art. 152 LISR), acreditando todos los pagos provisionales.
- CFDI por cada operación, o CFDI global al cierre del mes si tus huéspedes no lo piden — igual que el otro esquema.
Si no sabes en cuál estás, revisa tu Constancia de Situación Fiscal (el documento que emite el SAT donde aparece tu régimen, dirección y obligaciones — la descargas gratis en el portal). Tu régimen aparece como "Régimen de plataformas tecnológicas" con el detalle de pago definitivo o provisionales.
2. ¿Quieres cambiar de régimen?
Si elegiste rápido al inicio y ahora ves que el otro esquema te conviene más, sí se puede cambiar — pero tiene reglas:
De pagos provisionales → pago definitivo
- Solo si tu ingreso anual del ejercicio anterior fue ≤ $300,000 MXN (sin contar sueldos ni intereses, Art. 113-B Fr. II LISR).
- Presenta el aviso 5/PLT (la notificación oficial al SAT de que optas por pago definitivo) antes del inicio del ejercicio en que quieras aplicarlo. Consulta la ficha 5/PLT vigente del Anexo 1-A de la RMF para los plazos y requisitos del año.
- Candado de 5 años — una vez en pago definitivo no puedes regresar a provisionales antes de cumplir 5 ejercicios. Decisión que requiere proyección a futuro.
De pago definitivo → pagos provisionales
- Solo después de cumplir los 5 ejercicios bajo pago definitivo.
- O cuando excedes el umbral de $300,000 MXN — el cambio es obligatorio para el siguiente ejercicio fiscal (Art. 113-B Fr. II LISR).
- Aviso de actualización de actividades en el portal del SAT.
Antes de cambiar, modela ambos escenarios con tus números reales — deducciones reales, ingreso proyectado, complejidad de cumplimiento. Comparativa con calculadora aquí.
3. ¿Vas a superar $300,000 a mitad de año?
2026 trae dos amplificadores fuertes para tus ingresos: el Mundial 2026 (junio-julio, sedes CDMX, Guadalajara y Monterrey) y la temporada alta de invierno (noviembre-enero). Si tu ritmo normal es $25K mensual y vas a tener un mes de Mundial de $150K + temporada alta fuerte, puedes cruzar el umbral de $300K antes de octubre. Si el Mundial es tu caso, aquí están los 7 errores fiscales más caros que comete un anfitrión durante el evento.
Cuando cruzas $300K a mitad de año
El cambio de régimen aplica al siguiente ejercicio fiscal, no de inmediato. Es decir: terminas 2026 bajo el régimen que elegiste al inicio del año. Pero 2027 arrancas en pagos provisionales (porque ya rebasaste). Si proyectas superar $300K, planea desde ahora el cambio de cumplimiento para el siguiente ejercicio y valida tu escenario con tu contador antes de enero 2027.
Una nota de planeación: si decides bajar tarifa o cerrar calendario justo para no cruzar el umbral, hazlo por razones de operación (descanso, mantenimiento, vacaciones) — no como estrategia fiscal deliberada. El SAT puede preguntar y la respuesta debería sostenerse sola. Mejor proyectar bien al inicio del año y elegir el régimen que te acomode.
4. SAT con más visibilidad desde abril
Desde abril de 2026, las plataformas digitales (Airbnb, Booking, Vrbo, Mercado Libre, Uber, Didi, etc.) deben entregar información fiscal al SAT conforme al Art. 30-B del Código Fiscal de la Federación. En la práctica, esto incrementa los cruces automáticos (el SAT compara lo que la plataforma reportó contra lo que tú declaraste) y las cartas invitación por inconsistencias entre lo que reciben los anfitriones y lo que declaran.
Qué cambia para ti como anfitrión
- El SAT compara todos tus ingresos reportados por plataforma contra lo que tú declaraste. Si emitiste CFDI por menos de lo que recibiste, salta una bandera.
- El SAT puede emitir cartas invitación para regularizar antes de iniciar auditoría — son una oportunidad para corregir sin multa, no las ignores.
- Cobro directo contradictorio (Airbnb reportó X reservaciones pero solo X-2 facturadas a través de plataforma) puede justificar revisión.
En la práctica, el cambio significa que ya no hay margen para no declarar y esperar que el SAT no se dé cuenta. Lo va a saber. Las multas por omisión van de 55% a 75% del impuesto omitido (Art. 76 CFF) — más recargos y actualización.
5. Plan trimestral: mayo — diciembre 2026
Q2 (mayo — junio): preparación pre-Mundial
- Verificar RFC activo en cada plataforma. Sin RFC te retienen 20% ISR + 16% IVA en lugar de 4% + 8% — diferencia brutal en mes alto.
- Proyección anual: ¿voy a cruzar $300K? ¿Necesito cambiar régimen para 2027?
- Si decides constituir persona moral, hazlo ahora — el trámite toma 30-60 días.
- Configurar tarifas dinámicas, estadía mínima y reglas de calendario para junio-julio.
Q3 (julio — septiembre): operación + reconciliación
- Durante el Mundial: emite CFDI por cada operación (o un CFDI global al cierre del mes), lleva control diario, no descuides el ISH.
- Agosto: declaración mensual del 17 con la cifra del mes alto. Reconcilia constancias de Airbnb vs tu contabilidad.
- Mid-year check: ¿cuánto llevo acumulado? ¿Estoy donde proyecté?
Q4 (octubre — diciembre): cierre fiscal
- Octubre: revisión de gastos deducibles del año (si estás en provisionales). ¿Te falta documentar facturas de mantenimiento, honorarios, predial?
- Noviembre: pre-cierre. ¿Voy a cruzar $300K? Decisión final sobre régimen 2027.
- Diciembre: organizar documentación para la anual. Reconciliar constancias finales.
Q1 2027: nueva temporada anual
- Si vas a cambiar régimen, presenta el aviso 5/PLT en el plazo vigente de la ficha del Anexo 1-A de la RMF aplicable al ejercicio fiscal — no asumas una fecha fija sin consultarla.
- Marzo: organiza documentación para la declaración anual del ejercicio 2026.
- 30 de abril 2027: declaración anual entregada.
Proyecta tu cierre 2026 antes de que llegue
Nuestro simulador fiscal calcula ISR, IVA e ISH con tus números reales — incluyendo el efecto del Mundial. Mete tus ingresos esperados y ve si cruzas el umbral antes de tomar la decisión.
Aviso: Información educativa con base en la legislación vigente (LISR Art. 113-A a 113-D y Art. 152, LIVA Art. 18-J a 18-M, CFF Art. 29-A, 30-B y 76, ficha 5/PLT del Anexo 1-A de la RMF, LIF 2026 publicada en el DOF el 7 de noviembre de 2025). Los plazos de declaración y los procedimientos pueden cambiar — consulta el portal del SAT y a tu contador antes de tomar decisiones que afecten tu situación fiscal.
Última revisión: 29 de abril de 2026 — rates and articles current for tax year 2026; Art. 30-B platform-data delivery in effect since April 2026. Las tasas fiscales y tarifas oficiales pueden cambiar. Si este post tiene más de 6 meses desde la última revisión, verifica en sat.gob.mx o consulta a tu contador.